Capítulo 12 #2
—Porque justo ese mismo código otorga a la Sede Apostólica la capacidad de intervenir motu proprio en ciertos casos. Y así lo ha decidido la Sagrada Congregación para la Doctrina de la Fe en este. Todo con arreglo a la normativa eclesiástica, licenciado.
Marifuente sacó de un maletín un documento con el sello papal y la firma autógrafa que rezaba «Joannes Paulus PP. II» y lo puso sobre la mesa. El abogado lo tomó en sus manos y lo leyó con detenimiento. Después, releyó algunas líneas en su libreta .
Portasola resolló.
—Verán, señores, el diferimiento actual, intempestivo y no previsto en las proyecciones iniciales, redunda en perjuicio para todos los involucrados: la familia de la menor, cuya buena fama y honra se ven puestas en tela de juicio; la institución del Custodes Regnum, que en su calidad de persona moral ha contraído compromisos irrefutables y exigibles; y, en general, el conjunto de obligaciones contractuales, formales y espirituales ya asumidas y en curso.
A mayor abundamiento, dicho retraso puede interpretarse, en determinados círculos, como un acto de menoscabo o de descrédito hacia la joven en cuestión, con las secuelas morales y mediáticas que tal percepción acarrearía.
—Nuestra intención es validar —aclaró Marifuente, con voz mesurada—, no desacreditar. Pero en la Santa Sede se ha considerado que hay elementos que requieren un mayor discernimiento.
—¿Elementos? ¿A qué se refiere? ¿Insinúan ustedes que la muchacha miente? —preguntó Olaya, más agudo.
—No estoy insinuando nada. Nuestra intención es observar. Profundizar. Hay indicios de que la autenticidad requiere ser cotejada desde perspectivas más amplias. No podemos permitirnos una devoción pública basada en apreciaciones prematuras. Es normal en estos casos.
El representante legal apretó los labios.
—Entonces, señores, lo que en rigor se suspende rebasa la ejecución material de los actos previstos. Afecta el principio intangible pero fundamental de toda relación jurídica y moral: la confianza.
—Preferimos pensar que se fortalece. Con bases más firmes.
El legista entrecerró los ojos y desvió la mirada hacia la ventana. El batir de las aspas de un helicóptero hizo temblar el cristal.
—Ustedes no han visto a Ana Lucía. No han estado allí. No han sentido lo que se mueve en ese sitio —protestó Keller, sin perder la compostura.
—Y por eso vinimos —replicó Marifuente—. Para visitar el lugar, para ver, para sentir.
—¿Y cuánto tiempo estiman, padre, que ha de invertirse en tales ejercicios de percepción sensorial y valoración subjetiva? —interpeló Portasola.
—El que sea necesario para no errar.
La respiración del abogado se hizo más lenta.
—Si el presente se redujera única y exclusivamente al análisis y al deslinde de un punto estrictamente doctrinal, mi intervención resultaría innecesaria e incluso redundante.
Pero concurren aquí otras realidades insoslayables: la cobertura de los medios, el flujo de peregrinos, el cumplimiento de promesas y, desde luego, el manejo ordenado de las ofrendas y dádivas.
—Y no somos ajenos a ello —intervine—. Pero la Iglesia no puede actuar bajo presión mediática ni económica. Su fundamento no está en la prisa.
—No. Está en la autoridad. Y por eso es bueno que estén ustedes con nosotros —aclaró Keller, esta vez con una sonrisa sin brillo—. Que Roma ponga su sello. Pero cada día que pasa, cada aplazamiento, desgasta más que si nunca hubiéramos empezado.
—La celeridad, señores, no guarda incompatibilidad alguna con el rigor procedimental —añadió Portasola con énfasis—, siempre que medie la debida voluntad y disposición de las partes involucradas.
Marifuente cruzó los brazos.
—¿Y qué necesitan ustedes para acelerar esto? —preguntó Olaya, señalándonos con la punta de un bolígrafo de baquelita negra.
—El procedimiento habitual. Necesitamos visitar el lugar, hablar con la vidente y los testigos, revisar los informes de la diócesis y, por supuesto, entrevistarnos con monseñor Toriz Cobián. Solo después de analizar la evidencia en su contexto podremos emitir un juicio.
—¿Podrían ilustrar a esta representación sobre el lapso esperado que demandará la realización de tales diligencias? —inquirió el letrado.
—No lo sé. Depende de lo que encontremos.
—En aras de la obligada planeación y sin ánimo de coartar la discrecionalidad que les es propia, ¿podrían, acaso, suministrar un estimado o, en su defecto, alguna referencia o precedente aplicable que nos permita dimensionar los plazos en juego?
Ya comprenderán que nos hallamos en una situación de perentoria premura.
Mi director espiritual ladeó la cabeza con una expresión que destilaba una ironía sutil.
—Si hablamos de precedentes, Fátima es un caso reciente que viene a la memoria.
—En lo que respecta a esa validación a la que alude, ¿cabría la eventualidad de que el presente proceso se viera reducido, sin menoscabo de su rigor, a unos cuantos días como mucho, con fundamento en esa experiencia previa?
¿Sería posible conocer la duración que tuvo en su momento ese procedimiento?
—Solo trece años, licenciado.