8. Inocentes #4
La carta supuso un viraje absoluto respecto a la estrategia judicial de los hermanos.
Hasta entonces, habían hablado en los interrogatorios, pero no se habían dirigido ni a los familiares de sus víctimas ni a la ciudadanía.
Sin embargo, escogieron esa fecha, la del primer aniversario de la matanza —o más bien debió de escogerla su abogado— para romper su silencio.
La carta estaba escrita a mano por Antonio —con una letra bastante legible y un tanto infantil—, aunque al parecer se la dictó Emilio, quien estaba intentando exculpar a su hermano de lo sucedido presentándose como el único responsable del tiroteo.
De ahí que haya partes del texto en primera persona del singular, aunque en otras aparece de pronto el plural, como si en realidad los hermanos no tuvieran muy claro lo que querían decir.
Su abogado, que podía haber corregido la sintaxis y ortografía de la misiva y haberla pasado a máquina —y no lo hizo seguramente para que resultara más «auténtica»—, se encargó de hacerla llegar a distintos medios de comunicación, los cuales la reprodujeron total o parcialmente.
Uno de los que la reprodujo íntegramente fue el diario Ya , el 25 de agosto de 1990.
La transcripción completa, incluidas faltas de ortografía, es la que sigue:
Don Jabier Luna Guerrero. Como nuestro abogado en el que confiamos en todo queremos hacel llegar esta carta para que la aga pública como uste crea para hacer saber a todo el mundo especial mente a Puerto Hurraco y a los familiares de las personas afetadas que sentimos y arrepentimos de todo lo que aquella noche ocurrió.
Que sepan que nunca se quiso hacer aquello y que si ocurrio es porque nunca se fue conciente de lo que se hizo pues me bolvi loco desde que vi a mi madre muerta.
Estaba loco esa noche sin saber donde estaba ni lo que se hacía.
Si se hubiese estado bien no hubiese ocurrido nada.
Nuestras hermanas nunca an interbenido en esto y no se les puede acusar de nada pues no es cierto nada de lo que se dice de ellas.
Solo queremos hacer publico el arrepentimiento y que se haga justicia con las personas que mataron a nuestra Madre que se le aga un juicio y si es culpable que se encierre en prisión.
Don Jabier por fabor aga llegar esta carta a la gente para que sepan lo que aqui se dice, un saludo
A NTONIO I ZQUIERDO
E MILIO I ZQUIERDO
Los hermanos —o al menos Emilio— no negaban ser los autores de la matanza —no tenía sentido negarlo, a esas alturas—, pero parecía evidente que su abogado les había aconsejado incidir en dos puntos: mostrarse arrepentidos de lo que sucedió y apuntar a que la razón de la matanza era la locura.
Se trataba, lógicamente, de apuntalar el argumento de la enfermedad mental, que debía de ser el único que su abogado vería como viable que prosperara en el juicio.
Si los hermanos eran enfermos mentales, no podrían ser condenados por el crimen ni enviados a prisión, sino tan solo ser recluidos en un centro psiquiátrico, al igual que sus hermanas.
Que fueran declarados inimputables por su condición mental se antojaría una victoria pírrica, pero la defensa no podía aspirar a más.
Ni tan siquiera el abogado debía de creer posible que se pudiera exculpar a Antonio, por más que su hermano Emilio se declarara el único culpable, habida cuenta de los numerosos testigos y pruebas de que ambos habían participado en el tiroteo.
Probablemente, esto último —intentar salvar al menos a Antonio— era una condición propuesta o impuesta por los propios hermanos a Javier Luna Guerrero, con la que el abogado estaría obligado a transigir. Pero a esto ya volveremos.
En la carta aparecían otros dos detalles que, en general, pasaron inadvertidos para la prensa.
El primero era el intento de exonerar a las hermanas de toda responsabilidad en lo sucedido; el segundo, el intento de que se le volviera a prestar atención al incendio en el que había muerto la madre, por el que no se había celebrado ningún juicio ni condenado a nadie.
En cuanto a Luciana y Ángela Izquierdo, como ya se comentó, estas no habían reconocido en ningún momento haber sido inductoras de la matanza, siendo este el motivo por el que se las había imputado: el juez Rojas, recordemos, no podía acusarlas de cómplices, ya que no habían estado presentes durante el suceso, ni tampoco de encubridoras, ya que no habían ayudado a sus hermanos a ocultarse o a ocultar pruebas.
Si ellas mismas no se confesaban como inductoras, ni Emilio y Antonio las inculpaban de tal delito —y por supuesto al no haber grabaciones o pruebas de otro tipo que las incriminaran—, iba a resultar muy difícil que resultaran finalmente condenadas.
La alusión al incendio y al asesinato de la madre demostraba que, de nuevo, ello constituía la piedra angular del pensamiento de los Izquierdo.
En el análisis psiquiátrico que se les había realizado tras su entrada en prisión se indicaba que mostraban una fijación con la figura materna, pero en ese análisis, por lógica, no constaría que la madre había sido en verdad asesinada, y además de una manera especialmente cruel —al haber ardido viva en un incendio provocado—.
Emilio reconocía haberse vuelto loco desde que vio a su madre muerta, un hecho por el que no había llegado a celebrarse juicio alguno y por el que nadie había sido castigado.
En la carta se decía textualmente «que se le aga un juicio y si es culpable que se encierre en prisión», sin mencionar ningún nombre, pero por la propia concordancia de la oración —«se le haga», masculino singular— parecía claro a quién se hacía referencia con esas palabras: no podía ser otro que Antonio Cabanillas Rivera.
El escrito, sin embargo, y a pesar de que fue comentado y analizado por la prensa, no recibió la acogida que quizá pretendían los hermanos Izquierdo o su abogado.
No consiguió cambiar su imagen ante la opinión pública, ni mucho menos que se reabriera el proceso judicial por el incendio en el que había muerto la madre, ni tampoco que Luciana y Ángela fueran exculpadas.
En Puerto Hurraco —según informaba el corresponsal Diego Godoy Vances, en una noticia publicada en el diario Hoy el 2 de septiembre de 1991—, los vecinos no creyeron que su arrepentimiento fuera real, ni que fueran enfermos mentales.
Consideraban, con toda razón, que la carta no era sino una pieza más de la estrategia de defensa marcada por el nuevo abogado de los Izquierdo.
***
En el otoño de 1991, dado que la carta de los hermanos Izquierdo no había tenido la repercusión que posiblemente buscaban estos y su abogado, el caso perdió fuelle en los medios, aunque no desapareció del todo.
A finales de agosto, el juez de instrucción de Castuera, Casiano Rojas, había emitido el auto de procesamiento, y unas semanas después, en octubre, el abogado de Luciana y Ángela Izquierdo, Rafael Fernández de Soria, pedía públicamente la absolución de estas.
Antes, el abogado había presentado un recurso de reforma mostrando su disconformidad con el procesamiento de sus defendidas, al entender que no había ningún indicio de que hubieran inducido a sus hermanos a cometer el crimen.
El abogado Rafael Fernández de Soria —recordemos— había sido designado de oficio el anterior mes de abril.
El abogado de los hermanos, Javier Luna Guerrero, no había conseguido que las hermanas lo designaran también a él, por lo que Fernández de Soria continuaba ocupándose de la defensa de las mujeres, y lo hacía con una estrategia opuesta a la de su colega, una mucho más discreta.
En realidad, no estaba en su mano hacer otra cosa; Fernández de Soria ni siquiera había podido entrevistarse con sus defendidas: estas se habían negado a recibirlo en el centro psiquiátrico de Mérida, por lo que el abogado se limitaba a ejercer una defensa estrictamente jurídica, esto es, despersonalizada, sin contar con la opinión o el apoyo de las propias hermanas.
Mientras tanto, en ese mismo mes de octubre se estrenaba en televisión, no en TVE, sino en las cadenas autonómicas como Telemadrid, Canal 9 o Canal Sur, el programa Mis crímenes favoritos , presentado por Margarita Landi, de quien ya hablé unos capítulos atrás.
El programa trataba, mediante entrevistas y recreaciones, algunos de los crímenes más mediáticos en la España de aquellos años.
El dedicado a la matanza de Puerto Hurraco, titulado «Venganza contra un pueblo», se emitió el jueves 21 de noviembre de 1991.
Sin embargo, y más allá de la emisión de ese programa, que nada nuevo aportaba al caso —solo más ruido—, habría que esperar a febrero de 1992 para que hubiera movimientos en el proceso.
En concreto, el día 17 de ese mes de febrero se celebró una vista en la Audiencia Provincial de Badajoz para dirimir el procesamiento de Luciana y Ángela Izquierdo: al desestimarse en el Juzgado el recurso de reforma presentado por su abogado, Fernández de Soria, este había apelado a la Audiencia, y se había aceptado su revisión.
En dicha vista, el fiscal jefe, Jorge Sena Argüelles, ejerció la función de acusador, y probablemente al intuir que la acusación de inducción al crimen no prosperaría, decidió pedir su condena por conspiración.
La «conspiración», según el Código Penal vigente en 1990, «existe cuando dos o más personas se conciertan para la ejecución de un delito y resuelven ejecutarlo».
Según esto, el fiscal jefe, consideraba que las hermanas Izquierdo habían «concertado» —pactado— con sus hermanos la ejecución del delito y que todos juntos tenían el propósito de llevarlo a cabo, independientemente de que posteriormente ellas no hubieran participado.