6. Extrañas en un tren #2
Los periodistas debieron de llegar a la misma conclusión, aunque por otra línea de razonamiento: el crimen que resultaba interesante para el público era la matanza de 1990, no el incendio de 1984.
A nadie interesaba que una anciana hubiera sido asesinada seis años antes, por ser esa anciana la madre de otros asesinos.
No cabía mostrar piedad hacia los monstruos.
El público estaba conmovido por una masacre en la que se había disparado incluso a niños, ¿quién iba a interesarse por el posible asesinato de la mujer que había parido y criado a los Izquierdo?
¿Quién querría alinearse con esa familia y afirmar, como ellos, que su madre había sido asesinada y que también ese asesinato merecía ser investigado?
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La culpabilidad de los hermanos Izquierdo, Emilio y Antonio, estaba fuera de toda duda.
Más allá de determinar la motivación que tuvieron —o si eran o no imputables por su estado mental—, el juez Rojas no tenía que aclarar apenas ninguna cuestión; no había que «investigar» nada, para entendernos, sino tan solo establecer el desarrollo cronológico del crimen y apuntalarlo todo debidamente con las declaraciones de los testigos.
La tarea podía ser larga y engorrosa, por el número de heridos y fallecidos, pero no exactamente complicada.
El único punto relevante por dilucidar era la posible implicación de Luciana y Ángela Izquierdo en el crimen.
La misma tarde en que los hermanos fueron interrogados por el juez Rojas, el 27 de agosto, la prensa ya le cuestionó a este acerca del paradero de las dos hermanas, a las que los vecinos señalaban indudablemente como las inductoras del crimen.
El juez respondió que había contactado con ellas, sin precisar dónde se encontraban.
Sin embargo, tras el interrogatorio a los hermanos, no consideró necesario llamarlas a declarar de inmediato o ni mucho menos ordenar su busca y captura.
Durante los dos días siguientes, la ausencia de las hermanas eclipsó casi todo lo demás.
Ante la prensa, el juez Rojas se mostraba tranquilo al respecto, pero muchos temían que las mujeres pudieran haberse ocultado y que estuvieran preparando un nuevo ataque, quizá con la tercera escopeta para la que sus hermanos tenían licencia.
En un reportaje de Interviú publicado el 4 de septiembre de 1990 se recogía lo siguiente acerca de Luciana y Ángela Izquierdo:
«Ustedes no saben de lo que son capaces esas fieras —nos decía un vecino—, siempre llevaban un cuchillo escondido debajo de las faldas y son capaces de presentarse aquí y provocar un nuevo drama».
Las primeras informaciones ya las situaban en Madrid, aunque hubo algún diario, quién sabe a raíz de qué testimonios, que las situó en «un lugar secreto de Monterrubio de la Serena», donde la Guardia Civil las tenía «cobijadas de la cólera popular» —así lo afirmó el periodista Carlos Novo en La Vanguardia el 29 de agosto—.
Pero las hermanas ciertamente estaban en Madrid.
Habían salido para allá en tren desde Puertollano la misma mañana del lunes 27 de agosto, poco después de que sus hermanos fueran arrestados.
Luciana y Ángela, como ya se ha contado, habían viajado desde Monterrubio de la Serena a Puertollano con la excusa de ir de visita a un oculista: incluso preguntaron por oculistas a su anfitrión en la pensión Sandra de Puertollano, donde se alojaron la tarde del sábado 25 —un día antes de la matanza—.
Sin embargo, no pudieron visitar a ningún oculista al día siguiente, por ser domingo, y el lunes lo que hicieron, después de salir a desayunar a primera hora, fue tomar el tren a Madrid.
Las posibilidades de que realmente tuvieran intención de graduarse la vista eran más bien escasas: jamás habían ido a Puertollano ni a ninguna otra parte por ese motivo.
Todo parecía indicar que aquello era una excusa peregrina para alejarse de Puerto Hurraco a sabiendas de lo que iba a ocurrir.
Claro que, si sabían lo que iba a ocurrir, esto las convertiría en… ¿qué exactamente? Ahí radicaba el acertijo que debía resolver el juez Rojas.
En el Código Penal vigente en 1990 se distinguía entre «autores», «cómplices» y «encubridores».
Dentro de «autores» se englobaba a su vez la figura del «inductor» —«los que fuerzan o inducen directamente a otros a ejecutarlo» [el delito]— y la del «cooperante» —quien ejecuta «una acción sin la cual el crimen no se podría haber llevado a cabo»—.
Dado que las hermanas no tomaron parte en el crimen —no estaban allí la noche del 26 de agosto—; no fueron «cooperantes» —no hicieron nada sin lo cual el crimen no podía haber ocurrido—; ni tampoco «encubridoras» —ya que encubrir un crimen significa ocultarlo una vez cometido—.
No restaba sino acusarlas de «inductoras».
Es decir, acusarlas de haber forzado o inducido «directamente» a sus hermanos a cometer la matanza.
La figura del inductor era, sin embargo, la más difícil de probar.
Salvo que hubiera pruebas irrefutables de lo contrario, un presunto inductor siempre podía argüir que, al tratar el crimen con el autor o autores, se estaba moviendo en el terreno difuso de la especulación o hasta de la broma.
La clave se encontraba en la palabra «directamente», recogida en el Código Penal.
Porque, aunque alguna vez hubieran fantaseado con sus hermanos sobre la posibilidad de liarse a tiros con todos los vecinos de Puerto Hurraco, ¿cómo podía demostrarse que en verdad las hermanas Izquierdo los habían forzado o inducido «directamente» a cometer el crimen?
Las dos mujeres podrían haber sabido lo que iba a ocurrir, pero al marcharse antes, y no habiendo ejecutado ellas ninguna acción concreta relacionada con el crimen —no habían cargado ellas los cartuchos en las escopetas, para entendernos—, ¿cómo demostrar que habían sido inductoras?
Ellas no se declaraban tal cosa, y tampoco sus hermanos las acusaban de serlo.
De hecho, según el sumario —así, al menos, lo recoge el documental Puerto Hurraco 202 de TVE, emitido en febrero de 2026—, en su primera declaración los hermanos afirmaron que decidieron cometer el crimen la misma mañana del domingo 26 de agosto, es decir, cuando sus hermanas ya habían partido a Puertollano —aunque la munición, según indicaron, la tenían comprada desde la muerte de su madre en el incendio de 1984, lo que se antoja poco creíble—.
Pero aunque esto no fuera cierto, y aunque los hermanos hubieran mostrado a sus hermanas su voluntad de cometer el crimen ese domingo, ¿acaso se podía condenar a alguien por conocer que se va a cometer un futuro crimen y no denunciarlo antes de que ocurra?
La ley no parecía indicarlo así: el encubrimiento de un crimen ha de producirse «posteriormente» a la comisión de este —por ejemplo, ocultando pruebas—.
O sea que, aunque las hermanas supieran con antelación lo que iban a hacer sus hermanos, no parece que tuvieran obligación legal de denunciarlo, ya que el crimen no se había producido aún.
La única opción para acusarlas de algo era considerarlas inductoras.
Pero esto, como digo, no era nada sencillo de probar.
La posición del juez Rojas, en ese sentido, era muy comprometida.
Luciana y Ángela Izquierdo no habían participado en los asesinatos disparando tiros; no habían estado cerca de Puerto Hurraco aquella noche; su colaboración no había sido necesaria en modo alguno para que el crimen sucediera; y sus hermanos, por descontado, no las señalaban a ellas como inductoras.
A priori , lo único que podía reprochárseles era que no hubieran prevenido a nadie de que el crimen podía producirse, y esto no parecía penable en términos jurídicos.
En esta tesitura, parece evidente que el juez Rojas no podía argumentar una orden de busca y captura contra las hermanas Izquierdo.
La acusación de ser inductoras del crimen no tenía la suficiente solidez, y por el momento no había nada más de lo que se las pudiera acusar.
La única opción era avanzar en los interrogatorios y en el resto de las diligencias judiciales para luego llamarlas a declarar a ellas, y a partir de todo lo averiguado y de sus propias declaraciones ver si realmente podía acusarlas de haber inducido el crimen, o de cualquier otro delito.
Esa fue sin duda la razón por la que Rojas no las convocó a declarar la misma jornada del lunes 27 de agosto, posponiéndola unos días: sencillamente necesitaba apuntalar bien cualquier posible acusación contra ellas.
El problema era que la opinión pública presionaba para que ordenara su detención de inmediato.
Para los vecinos de la zona, ellas eran tanto o más responsables de la matanza que sus hermanos.
Y digo «tanto o más» porque muchos las consideraban a ellas —sobre todo a la mayor, Luciana— como los verdaderos cerebros detrás de la carnicería, mientras que los hermanos se estimaban simples ejecutores o matarifes.
La propia apariencia de los dos hombres —la de dos aldeanos sin muchas luces— llevaba a pensar que tenía que haber alguien más calculador y retorcido que ellos tras el crimen.
Y el sentir general era que ese alguien eran Luciana y Ángela.
Estas, a las pocas horas del crimen, pasaron a ocupar un espacio informativo mayor incluso que el de sus hermanos.
Los periodistas no tardarían en descubrir que las dos mujeres resultaban dos personajes mediáticamente más atractivos que los propios asesinos.
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