59 Veintidós de octubre
El jurado se retiró a deliberar el jueves veintiuno de octubre de dos mil veintisiete a las doce y cuarenta del mediodía.
Deliberó siete horas aquel día y cinco al siguiente.
El objeto del veredicto tenía veintiocho proposiciones.
Las cuatro primeras eran las de hecho: que Bárbara Ijalba Nalda falleció el siete de octubre de dos mil veintiséis en el calado de Bodegas Lacorte a consecuencia de una asfixia por dióxido de carbono; que ese dióxido de carbono procedió del depósito once mediante la apertura deliberada de una válvula; que la puerta del calado fue asegurada desde el exterior con una barra de hierro mientras la víctima se encontraba dentro; y que quien realizó ambas acciones fue Clara Marrodán Ochoa.
Las tres primeras se declararon probadas por unanimidad.
La cuarta, por siete votos contra dos.
El viernes veintidós de octubre de dos mil veintisiete, a las seis menos veinte de la tarde, el portavoz del jurado, un hombre de cincuenta y cuatro años que trabajaba en una fábrica de calzado en Arnedo, leyó el veredicto con la voz temblándole en la tercera línea.
Culpable de asesinato.
Concurriendo la circunstancia de alevosía, por haber empleado un medio que eliminaba toda posibilidad de defensa de la víctima.
Sin concurrencia de circunstancias atenuantes.
Clara Marrodán Ochoa oyó el veredicto de pie, sin apoyarse en nada, y no se movió.
En la tercera fila del público, Milagros Ochoa se tapó la cara con las dos manos.
En la cuarta, Petra Antoñanzas Vergara miró al frente con las manos en el regazo y no cambió de postura.
La sentencia se dictó el miércoles veintisiete de octubre.
Veinte años de prisión. Inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena. Prohibición de aproximarse a menos de quinientos metros del domicilio de la familia Ijalba. Costas. Responsabilidad civil de ciento ochenta mil euros a favor de la hermana de la víctima.
Y, en el fundamento jurídico quinto, la magistrada Urbina escribió tres frases que Tere Gaínza publicó al día siguiente en portada y que en aquel valle se leyeron en voz alta en muchas cocinas:
Este tribunal no puede juzgar lo que ocurrió en septiembre de mil novecientos noventa y nueve, porque la ley, por razones que la ley considera atendibles, ha decidido que ya no le pertenece.
Pero no puede dejar de constatar que lo ocurrido en octubre de dos mil veintiséis es hijo directo de aquello.
Veintisiete años de silencio han producido, con la exactitud de una fermentación, un segundo muerto.
Aurora Jalón leyó la sentencia entera un sábado por la mañana, en la cocina de la casa de Haro, con Fermín haciendo café detrás de ella.
Cuando llegó al fundamento quinto, dejó los folios en la mesa.
—¿Qué? —dijo Fermín.
—Nada.
—Algo será.
—Que tiene razón —dijo Aurora Jalón—. Y que cuando un juez tiene razón así, no consuela nada.