El peso del silencio CAPÍTULO 24
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CAPÍTULO 24

Durante los dos días siguientes, la casa permaneció sumida en un silencio denso y enrarecido, roto únicamente por el crujido de las puertas de los armarios y el sonido sordo de las maletas al ser arrastradas por los pasillos.

Elena recogió sus prendas de vestir, sus efectos personales y los pocos libros que le pertenecían sin que nadie la ayudara.

Ricard había dado instrucciones precisas a la asistenta para que no interviniera en el traslado, y él mismo no volvió a pernoctar en la vivienda hasta que la salida de su esposa fue completa y definitiva.

El miércoles por la tarde, a las cuatro en punto, una furgoneta de mudanzas alquilada por el letrado Traserra aparcó frente a la verja de entrada.

Elena bajó las escaleras del primer piso cargando con dos bolsas de viaje y una pequeña maleta de cuero gastado.

Llevaba el abrigo gris que había lucido durante su comparecencia judicial y una bufanda de lana oscura que le cubría la mitad del rostro.

Al llegar al recibidor, se detuvo un instante frente a la puerta cerrada del despacho de Ricard.

Miró la madera pulida, la lámpara de flexo que dejaba entrever su luz verde por debajo de la rendija y la mancha de yodo del suelo, que la asistenta no había logrado eliminar del todo.

No intentó llamar ni pronunciar una sola palabra de despedida.

Dejó las llaves de la vivienda sobre la mesa auxiliar, junto al teléfono negro desde el que seis años atrás había realizado la llamada de tres minutos a la notaría, y cruzó el umbral sin volver la vista atrás.

Minutos después, el sonido del motor de la furgoneta alejándose por la calle del Carme marcó la consumación física del divorcio y la salida definitiva de Elena de la vida de su familia.

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A la mañana siguiente, el auto de apertura del juicio oral fue notificado formalmente a las partes por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Tarragona.

La Fiscalía de la Audiencia e interpuso su escrito de acusación formal, solicitando para la procesada Elena Vidal la pena de seis años de prisión menor por el delito de homicidio por imprudencia grave con la concurrencia de la agravante de parentesco, y dos años más de prisión por el delito de omisión del deber de socorro, amén de una indemnización de diez millones de pesetas para el padre del menor fallecido.

Por su parte, la acusación particular representada por Ferran Boix en nombre de Ricard Ferrer se adhirió a la petición fiscal de penas, solicitando además la inhabilitación especial de la procesada para el ejercicio de la patria potestad o tutela sobre su hija menor, Núria Ferrer Vidal.

El impacto público de la apertura de la causa penal trascendió de inmediato los muros de los juzgados.

La prensa de Tarragona y Reus dedicó sus portadas a la reapertura del caso, publicando los detalles de las periciales forenses y las contradicciones entre la versión original del accidente doméstico y el registro de llamadas de la Telefónica.

En el pueblo, la figura de Elena Vidal pasó de ser la de una madre golpeada por la tragedia a la de una acusada acorralada por sus propias mentiras, provocando un rechazo social absoluto en los círculos que durante años la habían acogido.

En la notaría de la plaza de la Font, Ricard reanudó sus tareas habituales con una disciplina implacable.

Firmó escrituras de compraventa, poderes generales y actas de manifestaciones con la misma sobriedad distante de siempre, sin permitir que ningún cliente o empleado hiciera la menor mención al proceso penal que inundaba las páginas de los periódicos locales.

Solo al caer la tarde, cuando la notaría quedaba en silencio y Purificación pasaba a recoger los expedientes terminados, Ricard se permitía abrir la carpeta azul de su despacho donde conservaba la copia del escrito de acusación y el auto de fijación de la fecha del juicio oral, señalada para la primera quincena del mes de noviembre.

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En la casa de doña Pilar, ubicada en el casco antiguo, la vida transcurría bajo una atmósfera de rigurosa austeridad. Núria continuaba acudiendo diariamente al instituto y a sus clases de piano, alojada en el dormitorio que había sido de su hermano Marc en los veranos de su infancia.

Ricard acudía cada tarde a las ocho a visitar a su hija y a cenar con su madre.

La relación entre padre e hija se había transformado en un vínculo sobrio y silencioso, desprovisto de efusiones afectivas pero cimentado sobre el respeto mutuo a la verdad descubierta.

Ninguno de los dos volvía a nombrar a Elena en sus conversaciones, como si la figura de la madre se hubiera disuelto de forma irreversible en el momento en que cruzó el umbral del recibidor de la calle del Carme.

Doña Pilar, por su parte, asumió la gestión de la casa y la tutela diaria de su nieta con la misma firmeza con la que había gobernado la familia tras la muerte de su esposo.

Para la anciana, la apertura del juicio oral no era motivo de alivio ni de celebración, sino la confirmación estricta de una justicia que la familia Ferrer debía a la memoria del niño fallecido.

A finales de esa misma semana, el letrado Gonçal Traserra presentó en el Registro de la Audiencia el escrito de defensa de Elena Vidal.

En él, la procesada admitía haber alterado involuntariamente la posición de los flotadores en el borde de la piscina tras sufrir un ataque de angustia e insalubridad mental provocado por el hallazgo del cuerpo, solicitando su libre absolución o, subsidiariamente, la imposición de una pena mínima por imprudencia simple con la eximente incompleta de trastorno mental transitorio.

Con la presentación de los escritos de calificación y la fijación de la lista de testigos y peritos que deberían declarar en la vista oral —entre ellos el doctor Miralpeix, el doctor Roca, la secretaria Purificación Soler y el arquitecto Martí Aldabó—, la causa quedó definitivamente lista para la celebración del juicio, fijando el inicio de las sesiones para el día 12 de noviembre en la Sala de lo Penal de la Audiencia Provincial de Tarragona.