CAPÍTULO 25
Ricard Ferrer llegó a la Audiencia a las ocho y tres cuartos, acompañado por su letrado Ferran Boix y su madre, doña Pilar, quien caminaba apoyándose con firmeza en su bastón de puño de plata.
Ricard vestía un traje oscuro impecable y portaba el maletín de cuero donde guardaba las copias mecanografiadas de todas las actuaciones.
Su rostro, enjuto y sereno, no reflejaba la menor turbación ante el acoso de los fotógrafos, cuyos destellos iluminaban la fachada de piedra del edificio oficial.
—Don Ricard, ¿confía en una sentencia condenatoria para su esposa? —gritó un reportero de Televisión Española extendiendo un micrófono sobre la valla.
Ricard continuó su marcha sin alterar el paso ni volver la cara, ascendiendo los peldaños de mármol con una frialdad matemática.
Tres minutos más tarde, por la puerta lateral de acceso a la sede judicial, hizo su entrada la procesada Elena Vidal, acompañada por su defensor, el letrado Gonçal Traserra.
Elena lucía un traje sastre de tono azul marino, visiblemente holgado debido a la severa pérdida de peso sufrida en los últimos meses.
Caminaba con la mirada fija en las baldosas del suelo, evitando las cámaras y protegida por dos agentes de la policía.
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A las nueve en punto, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial dio comienzo a la primera sesión de la vista oral.
El tribunal estaba presidido por el magistrado don Antonio Saavedra, flanqueado por dos jueces de carrera.
En los estrados de la acusación, la fiscalía y el letrado Ferran Boix ocupaban la bancada derecha, mientras que en la bancada izquierda se situaba la defensa letrada ejercida por Traserra.
Elena ocupaba el banquillo de los acusados, situado en el centro de la sala, a escasos tres metros de la mesa donde Ricard permanecía sentado en calidad de acusador particular.
Durante los diez minutos que duró la lectura de los escritos de calificación provisional por parte del secretario judicial, Elena no volvió la cabeza ni una sola vez hacia su esposo, manteniendo las manos entrelazadas en el regazo.
El presidente del tribunal ordenó el inicio de la práctica de la prueba con la declaración de la procesada.
—Póngase en pie la acusada —ordenó el magistrado Saavedra.
Elena se levantó despacio, apoyando las manos en la barandilla de madera del banquillo. Su voz sonó leve al responder a las primeras preguntas de la fiscalía sobre sus datos de filiación.
—Señora Vidal —comenzó el fiscal con tono tajante—, responda al tribunal si el 26 de agosto de 1983, a las 16:10 horas, mientras su hijo de siete años jugaba en el jardín de la finca, realizaba usted una llamada telefónica de carácter íntimo a don Martí Aldabó.
—Sí —respondió Elena, manteniendo los ojos fijos en el estrado del juez—. Hablé con el señor Aldabó desde el teléfono del recibidor.
—Diga si a las 16:22 horas, tras una discusión con su interlocutor, interrumpió usted la llamada de forma repentina dejando el auricular descolgado durante un minuto y medio.
—Sí... Oí un sonido extraño en el exterior, una especie de golpe en el agua, y dejé el teléfono sobre la mesa para salir al porche.
—Y cuando llegó al borde de la piscina y vio a su hijo en el fondo, ¿por qué no levantó el auricular de inmediato para llamar al servicio de urgencias o a la Casa de Socorro? —inquirió el fiscal elevando el tono.
Elena tragó saliva de forma visible.
—Salí corriendo... me tiré a la piscina con la ropa puesta y saqué a Marc hasta la piedra. Le hice maniobras, le hablé, le supliqué... pero el niño no reaccionaba. Me quedé abrazada a él, fuera de mí, sin capacidad para razonar.
—Si se quedó usted abrazada al niño fuera de sí, ¿cómo explica que a las 17:18 horas —cincuenta y seis minutos después— llamara a la notaría para hablar con la secretaria Purificación Soler, manteniendo una conversación de tres minutos en la que canceló la cita de un procurador y deletreó su apellido con absoluta precisión?
—No... no era consciente de lo que decía —balbuceó Elena, apretando el pañuelo entre las manos—. Estaba en un estado de automatismo... Fui al teléfono porque sabía que tenía que pedir ayuda, pero las palabras me salieron de forma mecánica, sin que mi mente pudiera controlar lo que decía.
—¿Y cómo explica que los flotadores y el cubo del niño aparecieran secos y alineados simétricamente junto al bordillo, tal como acreditan las fotografías del atestado policial?
Elena bajó la vista hacia el suelo de la sala.
—No recuerdo haber tocado esos juguetes... A lo mejor los recogí mientras intentaba reanimar a Marc, o antes de que el niño entrara en el agua... No lo sé... Han pasado seis años y mi mente borró esos momentos.
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Tras el interrogatorio de la procesada, el tribunal procedió a la citación del primer testigo de la acusación particular: la secretaria jubilada Purificación Soler.
La anciana compareció asistida por el oficial de sala y prestó juramento antes de responder a las preguntas de Ferran Boix.
—Señora Soler —formuló el letrado Boix—, describa al tribunal la actitud y la entonación de doña Elena Vidal durante la llamada telefónica que sostuvo con usted a las 17:18 horas de la tarde de los hechos.
—Llamó a la línea 2 del despacho —declaró Purificación con voz clara y serena—.
Me dijo que el señor Ferrer no se encontraba en la finca y que debía suspender la reunión de las 17:30 con el señor Aldabó.
Me dio el número de expediente y me deletreó el apellido A-L-D-A-B-Ó para que no cometiera ningún error en el libro diario.
—¿Percibió usted algún temblor en su voz, llanto, entrecortamiento o signo de alteración emocional?
—Ninguno —afirmó la testigo rotundamente—.
Llevaba veintidós años trabajando en la notaría y conocía perfectamente la voz de la señora Vidal.
Sonaba exactamente igual que cualquier otro día: ordenada, precisa y tranquila.
En ningún momento mencionó que el niño hubiera sufrido un accidente ni solicitó que avisáramos al médico.
El letrado de la defensa, señor Traserra, renunció a repreguntar a la testigo, consciente de la solidez del testimonio notariado.
A las doce del mediodía, el tribunal hizo llamar al segundo testigo clave de la causa: el arquitecto Martí Aldabó.
Martí entró en la sala vestido con un traje gris plomo, visiblemente demacrado. Tras prestar juramento y ser advertido de las penas por falso testimonio, respondió a las preguntas de la acusación particular.
—Señor Aldabó —interrogó Boix—, confirme si la tarde del 26 de agosto de 1983 mantuvo usted una conversación telefónica con la procesada que finalizó con un silencio repentino de noventa segundos.
—Sí —respondió Martí sin mirar a Elena—.
La señora Vidal me llamó a las 16:10 para poner fin a nuestra relación.
Discutimos durante doce minutos. A las 16:22 horas, su voz se cortó a mitad de una frase.
Mantuve el auricular en la oreja durante un minuto y medio llamándola por su nombre, hasta que oí el chasquido metálico con el que se colgaba la línea desde la finca de Tarragona.
—¿Volvió usted a tener contacto con la procesada esa misma tarde?
—Llamé dos veces más a la finca a lo largo de la tarde, pero nadie descolgó el aparato —concluyó el testigo.
El presidente del tribunal decretó una suspensión de las sesiones hasta las cuatro de la tarde, momento en que daría comienzo la prueba pericial médica con la comparecencia del catedrático Fernando Miralpeix.
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Al reanudarse la sesión vespertina, el doctor Miralpeix ocupó el estrado de peritos y desplegó sus esquemas anatómicos y las tablas de livideces cadavéricas ante los miembros del tribunal.
Durante más de una hora, el catedrático de Medicina Legal desgranó de forma implacable las conclusiones de su dictamen:
—El examen del atestado y los datos rectales recogidos por el primer médico de guardia demuestran de forma incontestable que el menor M.F.V.
permaneció fallecido fuera del agua al menos cuarenta y cinco minutos antes de las 17:35 horas.
La colocación simétrica del cubo y el secado de los flotadores requieren una actividad motora fina y consciente que resulta absolutamente incompatible con un cuadro de amnesia disociativa o estupor traumático.
La procesada ejecutó un plan deliberado de escenificación para alterar la percepción de los hechos.
El abogado defensor, Gonçal Traserra, intentó desmontar el informe en su turno de repreguntas:
—Doctor Miralpeix, ¿puede usted descartar al ciento por ciento que una madre destruida por la culpa no recoja de forma automática y maniática los objetos de su hijo muerto antes de pedir ayuda?
—Desde el punto de vista de la psiquiatría forense —respondió Miralpeix mirándole fijamente—, el automatismo maniático no permite deletrear un apellido de siete letras por teléfono a una tercera persona con perfecta coherencia sintáctica tres minutos después.
La procesada era plenamente consciente de lo que hacía.
A las siete de la tarde, tras la renuncia de la defensa a presentar la comparecencia de nuevos peritos de parte, el magistrado Saavedra declaró concluida la fase probatoria y concedió la palabra a las partes para la exposición de sus informes finales.
El fiscal mantuvo íntegramente su petición de ocho años de prisión por los delitos de homicidio por imprudencia grave y omisión del deber de socorro.
Por su parte, Ferran Boix, en representación de Ricard Ferrer, subrayó en su alegato final la frialdad con la que la acusada había sostenido una mentira durante seis años a costa del dolor de su familia y la memoria de su hijo.
—Señorías —concluyó Boix—, no estamos ante una tragedia inevitable, sino ante la ocultación deliberada de un deber elemental de auxilio para proteger una reputación personal. La justicia exige que las consecuencias legales de esa hora de silencio sean aplicadas con todo el rigor de la ley.
A las ocho y media de la noche, el presidente del tribunal declaró el juicio visto para sentencia, anunciando que la resolución definitiva sería notificada a las partes en el plazo de cinco días.
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Cinco días después, el 17 de noviembre de 1989, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Tarragona hizo pública la sentencia número 184/1989.
El fallo condenaba a la procesada Elena Vidal como autora responsable de un delito de omisión del deber de socorro y un delito de homicidio por imprudencia grave con la concurrencia de la agravante de parentesco, a la pena de seis años y un día de prisión menor , la inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad sobre su hija Núria durante el tiempo de la condena, y al pago de una indemnización de seis millones de pesetas a favor de don Ricard Ferrer.
La sentencia declaraba probado en sus fundamentos de derecho que la acusada omitió la petición inmediata de auxilio médico tras el ahogamiento de su hijo a las 16:22 horas, dedicando los cincuenta minutos posteriores a alterar la escena de los hechos y realizar gestiones telefónicas personales antes de dar la alarma pública.
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Un mes después de la lectura de la sentencia, la vida en la casa de la calle del Carme había quedado reducida a una rutina silenciosa y austera.Elena Vidal ingresó en el centro penitenciario de mujeres de Barcelona para cumplir la condena impuesta, tras desestimarse el recurso de casación presentado por su defensa.
Ricard Ferrer continuaba al frente de la notaría de la plaza de la Font, firmando escrituras cada mañana con la misma sobriedad metódica de siempre. Por las tardes, regresaba a la vivienda conyugal donde vivía ahora en compañía de su hija Núria y de su madre, doña Pilar.
Una tarde de diciembre, poco antes del anochecer, Ricard bajó al archivo del sótano de la notaría sosteniendo la carpeta de cartulina azul que había iniciado meses atrás.
Colocó dentro la copia compulsada de la sentencia definitiva de la Audiencia Provincial, el auto de divorcio y la liquidación de la sociedad de gananciales.
Ató la carpeta con la cinta de bramante tradicional, le colocó una etiqueta con la fecha «17 de noviembre de 1989» y la depositó en el estante superior de la sección de expedientes concluidos.
Subió las escaleras de caracol, apagó la luz del sótano y cerró la puerta de roble del despacho con llave.
En el primer piso de la casa, el sonido del piano de Núria volvía a sonar metódico y constante, llenando las habitaciones vacías con una música limpia que dejaba atrás, para siempre, el peso insoportable del silencio.
FIN