CAPÍTULO 17 LA COMISARIA #4
—El Reglamento comunitario número ochocientos ochenta y tres de dos mil trece me confiere independencia funcional absoluta en el ejercicio de mis competencias de investigación sobre fraudes que afecten a los intereses financieros de la Unión —dijo Marchand con solemnidad procesal—.
El artículo diecisiete prohíbe expresamente que el Director General de la OLAF solicite o acepte instrucciones de ningún gobierno o institución.
No necesito el visto bueno de Berlín ni la aquiescencia del gabinete de la Comisaria para actuar cuando la prueba penal está formalmente certificada.
Marchand hizo una pausa breve, tomó aire y dictó sus órdenes ejecutivas con la autoridad indiscutible del cargo:
—Queda formalmente revocada en este acto la orden de suspensión disciplinaria que pesaba sobre usted, inspector jefe Etcheverry.
Queda restituido en la totalidad de sus facultades de investigación penal comunitaria y asume el mando de la comisión especial de investigación sobre la trama fiduciaria transfronteriza, reportando de manera exclusiva y directa a este Director General.
Desconecte este enlace satelital de inmediato.
Voy a llamar personalmente al Presidente del Colegio de Eurojust en La Haya y a los miembros nacionales de España y Francia.
—Ainara Zubiaga está conmigo —apuntó Mathieu con rapidez—. Su destitución en Bilbao fue una imposición política forzada por las filtraciones falsas de Hagen. Si vamos a entrar en este procedimiento, ella debe liderar la pieza penal con plenas facultades procesales.
—Eurojust tiene los mecanismos legales para neutralizar las interferencias jerárquicas internas mediante la constitución de un Equipo Conjunto de Investigación —respondió Marchand con una presteza que demostraba su dominio absoluto del engranaje jurídico comunitario—.
Convoquen la sala telemática de alta seguridad en su terminal.
A las ocho en punto el Colegio de Eurojust estará constituido en sesión extraordinaria.
Tienen luz verde, Mathieu. Hagan su trabajo.
La comunicación se cortó con un chasquido limpio.
Mathieu bajó el auricular lentamente y respiró el aire frío del valle con una sensación de ligereza que no experimentaba desde hacía años. Se volvió hacia Ainara, cuyos ojos oscuros brillaban con una intensidad acerada bajo la luz gris del alba:
—Bruselas está alineada —dijo Mathieu, mostrando la pantalla donde el estado de su perfil corporativo volvía a brillar en color verde esmeralda—. A las ocho entramos en La Haya. La ley vuelve a estar de nuestra parte.
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A las ocho en punto de la mañana, la pantalla de alta resolución del ordenador portátil en el despacho de Ustaritz se dividió en cuatro cuadrantes mediante el portal seguro de telepresencia cifrada de Eurojust, con sede en Johan de Wittlaan 9, en La Haya.
El murmullo de la lluvia en el exterior había cesado, dejando paso a una claridad grisácea que iluminaba el polvo en suspensión entre las vigas de roble y el vapor que todavía desprendían las tazas de café sobre la mesa.
En los cuadrantes de la pantalla comparecieron las autoridades judiciales que Bernard Marchand había convocado en sesión plenaria de urgencia.
En el cuadrante superior izquierdo apareció el Miembro Nacional de España en Eurojust, un veterano magistrado de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional con semblante severo y gafas de montura metálica; en el superior derecho, la Miembro Nacional de Francia, fiscal general adjunta procedente del Tribunal Judicial de París; en el inferior izquierdo, el fiscal delegado de la Sección Financiera del Parquet de Luxembourg; y en el inferior derecho, presidiendo la conexión en calidad de enlace de la Dirección General de la OLAF, el propio Bernard Marchand desde su despacho de Bruselas.
Mathieu permanecía de pie junto a la silla de Ainara, con los brazos cruzados y la mirada fija en los rostros de los magistrados.
Ainara ocupaba el centro del plano frente a la cámara web, con la espalda completamente erguida y las manos apoyadas en el borde de la mesa, despojada de cualquier ademán de cansancio tras la noche en vela.
El magistrado español tomó la palabra sin preámbulos protocolares, con la parquedad característica de los jueces de instrucción criminal:
—El Colegio de Eurojust ha examinado durante la última hora la documentación pericial remitida por el inspector jefe Etcheverry con la certificación de autenticidad de la OLAF.
Los informes forenses cumplen rigurosamente el estándar internacional ISO/IEC 27037: los hashes SHA-256 acreditados en la extracción de Donibane Garazi garantizan la inmutabilidad de los registros telemáticos y la trazabilidad de las firmas PGP del servicio exterior alemán.
Asimismo, este Miembro Nacional ha procedido a visionar la copia certificada de la declaración judicial preconstituida prestada por la inspectora de tributos Miren Uriarte ante el Juzgado de Instrucción número cuatro de Bilbao con arreglo al artículo setecientos setenta y siete de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
El magistrado hizo una pausa, ajustó sus gafas y miró directamente a la cámara hacia Ainara:
—Con base en dichos antecedentes, y al amparo de la Decisión Marco comunitaria 2002/465/JAI y los artículos ciento cuarenta y ocho a ciento sesenta y tres de la Ley española 23/2014 de reconocimiento mutuo de resoluciones penales, el Colegio de Eurojust formaliza en este acto el acuerdo de constitución de urgencia de un Equipo Conjunto de Investigación, un Joint Investigation Team, integrado por el Reino de España, la República Francesa y el Gran Ducado de Luxemburgo, con el concurso técnico de la OLAF y Europol.
Ainara contuvo la respiración durante una fracción de segundo, sintiendo cómo el engranaje de la justicia continental comenzaba a girar a su favor.
—En virtud del artículo ciento cincuenta y tres de la referida Ley 23/2014 —continuó el magistrado español con tono solemne—, la constitución de un Equipo Conjunto de Investigación internacional bajo mandato de Eurojust goza de primacía procesal sobre cualesquiera disposiciones orgánicas o resoluciones de régimen interno de ámbito doméstico.
En consecuencia, el auto administrativo de avocación y cese funcional dictado hace cuarenta y ocho horas por la Fiscalía General del Estado en Madrid queda suspendido de forma cautelar y automática.
La fiscal delegada doña Ainara Zubiaga queda formalmente restituida en la plenitud de sus facultades de instrucción procesal y es designada en este mismo decreto como Co-directora Judicial del Equipo Conjunto de Investigación para el territorio español, con jurisdicción plena y directa sobre las fuerzas de policía judicial desplegadas en la causa.
Ainara inclinó levemente la cabeza, asumiendo el peso de la toga que la ley volvía a colocar sobre sus hombros:
—Acepto la designación, señor magistrado —respondió Ainara con una serenidad límpida que no dejaba traslucir la tormenta interior de los últimos tres días—.
Las diligencias de prueba practicadas hasta este momento por el equipo de la fiscalía foral y la OLAF quedarán incorporadas a las actuaciones del JIT con preservación íntegra de la cadena de custodia.
La Miembro Nacional de Francia tomó la palabra desde La Haya, hablando en un francés preciso y marcial:
—La Sección Financiera del Parquet de Bayonne y la fiscalía especializada de Pau han validado de conformidad las pruebas intervenidas en la hacienda de Donibane Garazi.
El Juez de las Libertades y de la Detención de París acaba de convalidar la emisión de una Orden Europea de Detención y Entrega, una OEDE bajo la Decisión Marco 2002/584/JAI, contra el ciudadano francés Sylvain Deschamps por delitos de blanqueo transnacional de capitales en el seno de organización criminal, falsedad mercantil y complicidad en homicidio doloso.
Los efectivos de asalto de la Police Judiciaire de Burdeos y la división antiterrorista de la DGSI se encuentran en fase de posicionamiento táctico encubierto en las inmediaciones de la residencia de Deschamps en Biarritz, frente a la Grande Plage.
El asalto está programado de manera coordinada.
El fiscal delegado de Luxemburgo intervino a continuación, mostrando en pantalla un documento judicial sellado electrónicamente:
—El Parquet de Luxembourg, en estrecha colaboración con la Cellule de Renseignement Financier y al amparo del Reglamento comunitario 2018/1805 sobre reconocimiento mutuo de resoluciones de embargo y decomiso, ha librado mandamiento preventivo inaudita parte sobre los depósitos de Atalante Capital Partners en el Banque Internationale à Luxembourg.
Quedan intervenidos y bloqueados de forma inmediata ciento ochenta millones de euros en pagarés de deuda, carteras sindicadas y cuentas fiduciarias ligadas a las sesenta y cuatro sociedades de tenencia de valores de Bilbao.
Ningún fondo podrá ser transferido a cuentas opacas en Dubái, Ginebra o Singapur.
Fue Bernard Marchand quien cerró la ronda de intervenciones desde Bruselas, exhibiendo el registro de entrada del gabinete de la Comisión Europea: