El Nombre Borrado (El secreto de la Catedral de Burgos: Tomo II) BLOQUE 2
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El tercer protocolo contenía una fórmula inesperada:

“Sin perjuicio de los derechos mayores que dice pertenecerle por su padre.”

Adrián llamó a Martín.

La frase aparecía dentro de una conformidad sobre el cobro de determinadas rentas.

Martín la interpretó como una reserva.

No podían afirmar todavía que esos derechos mayores fueran exclusivamente sucesorios.

Pero el sentido jurídico del pasaje era suficientemente claro.

Alfonso aceptaba un acto concreto sin permitir que esa aceptación se utilizara después como renuncia a pretensiones más amplias.

Eso era importante.

Una explicación posible para la desaparición posterior de la línea habría sido una renuncia formal de Alfonso.

Aquel documento no demostraba que nunca hubiera renunciado en otro momento.

Sí demostraba que en ese acto concreto no lo hizo.

Más bien dejó constancia de lo contrario.

Ya adulto, seguía formulando reservas.

Martín sugirió buscar documentos próximos no solo de Alfonso, sino también de Inés y Beatriz.

Cada uno podía contener reservas, renuncias parciales o limitaciones distintas.

La investigación debía separar las preguntas.

Qué derechos conservaron.

Quién administró durante la minoría.

Qué actos fueron aceptados y qué cuestiones quedaron expresamente fuera de esa aceptación.

Si existió alguna renuncia.

Si hubo partición.

Y cuál fue el verdadero alcance de la determinación que seguían persiguiendo.

La siguiente pieza apareció en una venta.

La propiedad era pequeña y procedía de bienes vinculados con la rama materna.

Al principio parecía irrelevante.

Hasta que Adrián leyó:

“por sí y no en nombre de la casa de Valderrama.”

El notario diferenciaba expresamente el patrimonio individual de Alfonso de cualquier posición que pudiera tener respecto de la casa.

Debajo aparecía otra cláusula:

“sin perjuicio de derecho alguno de patronazgo ni sucesión.”

Clara guardó silencio.

Era otra reserva.

Cada vez que Alfonso realizaba un acto sobre bienes propios, el documento parecía cuidar que aquello no pudiera interpretarse como renuncia a cuestiones mayores.

Eso no significaba necesariamente que acabara ganándolas.

Sí demostraba que seguían abiertas.

La genealogía posterior presentaba la continuidad de Diego como limpia y completa.

Los protocolos mostraban reservas y límites.

Una persona completamente ajena a cualquier derecho no necesitaba dejar tantas salvedades.

Elena llegó con información sobre las solicitudes contemporáneas.

Tres consultas vinculadas con Alfonso utilizaban una misma descripción:

“Protocolos relativos a reserva de derechos de la línea de Fernando.”

La fórmula no aparecía en ningún catálogo público.

Quien había hecho esas peticiones sabía qué clase de actos estaba buscando.

La primera solicitud tenía once meses.

Otra vez, la búsqueda precedía ampliamente a la investigación actual.

La identidad utilizada pertenecía a un profesor universitario real que negó haber solicitado nada.

El método era el mismo.

Pero había una diferencia importante.

No habían pedido genealogías.

Solo protocolos.

Quien estaba detrás ya había pasado de la representación familiar a la base jurídica.

Elena detectó coincidencias parciales de infraestructura entre dos solicitudes.

Una empresa intermediaria aparecía en ambos casos.

También había trabajado para el entorno Velasco, entre otros clientes.

Eso seguía sin permitir atribuir las peticiones a Julián.

La relación comercial existía.

La autoría de cada búsqueda, no.

Elena quería separar primero los encargos documentados de la colección de cualquier uso de aquella infraestructura por terceros.

Era el enfoque correcto.

No elegir un responsable y luego acomodar la evidencia.