EL CUADERNO NEGRO CAPÍTULO 16 #3
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CAPÍTULO 16 #3

Rosas lo miró dos segundos y decidió no insistir.

—La audiencia arrancó a las 10:00 con la presentación inicial de la fiscalía — dijo—.

El juez incorporó toda la evidencia digital del servidor de Deán Funes, las firmas originales del operativo de 2003 y el material del archivo de Río Ceballos.

Zabaleta presentó dos objeciones adicionales durante la presentación.

El juez las rechazó en el momento. La defensa está sin munición procesal.

—¿Cuándo declaro yo?

—En veinte minutos —dijo Rosas—. El juez hizo un cuarto intermedio hasta las 11:00. Después sos vos.

Ferrero asintió. Se sentó en una de las sillas del pasillo y abrió el cuaderno en las notas periciales que había preparado durante el fin de semana.

Las páginas estaban densas con anotaciones técnicas sobre el servidor de Deán Funes, la arquitectura del Proyecto Albatros, la metodología de la jaula digital que había usado para atrapar a Sokolov hacía cinco meses y la cadena de custodia de cada elemento de evidencia digital incorporado al expediente.

Veinte meses de trabajo condensados en cuarenta páginas escritas a mano con la claridad de que el papel ahorraba confusión en la sala.

Palacios llegó al pasillo a las 10:54. Se sentó a su lado sin decir nada.

Los dos leyeron en silencio veinte minutos.

A las 11:00 el ujier abrió la puerta de la sala tres.

Ferrero entró. La sala tenía capacidad para cuarenta personas y estaba ocupada en sus dos tercios.

En la mesa de la defensa, Zabaleta estaba sentado con dos asistentes y una laptop abierta, los tres mirando a Ferrero entrar con expresiones distintas: los asistentes con indiferencia profesional, Zabaleta con algo más cercano a la evaluación.

El juez era un hombre de unos sesenta años, pelo blanco, traje gris oscuro, con los anteojos de lectura apoyados sobre la nariz y una pila de expedientes a su izquierda que sugería que llevaba muchas horas en esa sala y tenía intención de terminar el trabajo ese mismo día.

—Subinspector Ferrero —dijo el juez—. Usted va a declarar en calidad de perito técnico sobre la evidencia digital incorporada al expediente. La defensa tiene derecho a contrainterrogar. ¿Está en condiciones de proceder?

—Estoy en condiciones —dijo Ferrero.

Se sentó en la silla del perito. Abrió el cuaderno. Miró al juez. —Cuando quiera, señor juez.

El juez asintió y le dio la palabra a Rosas para que iniciara el interrogatorio pericial. Rosas se levantó con la carpeta abierta y empezó con la primera pregunta, la misma que habían ensayado el lunes por la tarde en el despacho de la fiscalía.

—Subinspector Ferrero. En términos no técnicos y comprensibles para este tribunal, ¿puede explicar qué es el Proyecto Albatros y cómo funciona el sistema de vigilancia y extorsión que lo sustenta?

Ferrero miró al juez. Enfocó a Zabaleta. Recorrió la sala. Respiró hondo.

—El Proyecto Albatros —dijo— es la continuación operativa del Proyecto Nodo después de las detenciones de hace cinco meses.

Es una red de servidores móviles distribuidos en cuatro provincias que procesa y almacena información privada de ciudadanos, funcionarios y empresarios con el objetivo de generar instrumentos de extorsión y control político.

El sistema lleva operando en distintas formas desde hace más de una década y tiene una cadena de mando que sube desde los operadores técnicos hasta un nivel de conducción que esta causa está en condiciones de identificar por primera vez.

El Contrainterrogatorio

Zabaleta tardó diecisiete minutos en contrainterrogar.

Empezó por la cadena de custodia del servidor de Deán Funes, preguntando por qué el procedimiento de incautación inicial había sido ejecutado por civiles sin orden judicial previa.

Ferrero respondió que la incautación inicial consistió únicamente en la interrupción del proceso de borrado mediante la desconexión del servidor, y que el equipo técnico federal con cadena de custodia formal llegó al predio a las 05:14 de la mañana siguiente con la orden firmada por el juez de turno de Buenos Aires.

Zabaleta insistió dos veces. El juez le indicó que la objeción había sido respondida y que pasara al siguiente punto.

El segundo punto fue la autenticidad de las firmas originales del operativo de 2003.

Zabaleta argumentó que los documentos habían estado en posesión de un testigo con inmunidad negociada, en referencia a Palacios, y que esa cadena de posesión comprometía la autenticidad.

Ferrero explicó que la autenticidad de las firmas había sido verificada por el Registro Nacional de las Personas mediante comparación con los registros originales de ambos firmantes y que el resultado de esa verificación estaba incorporado al expediente con número de resolución y fecha.

Zabaleta no tenía respuesta para eso y pasó al tercer punto.

El tercer punto fue el más largo. Zabaleta cuestionó la validez del testimonio de Ferrero como perito argumentando que tenía conflicto de interés personal dado que las víctimas del operativo de 2003 eran sus padres.

Ferrero esperó a que Zabaleta terminara la argumentación completa. Después miró al juez.

—Con la venia del tribunal —dijo—. El conflicto de interés personal en un perito técnico existe cuando el perito tiene interés en el resultado del proceso.

Mi declaración pericial cubre exclusivamente aspectos técnicos de la evidencia digital: arquitectura de servidores, protocolos de comunicación, metodología de extracción de datos y cadena de custodia.

Ninguno de esos aspectos técnicos se ve afectado por mi vínculo personal con las víctimas del operativo de 2003.

El vínculo personal es relevante para una declaración testimonial, no para una pericia técnica. Son roles procesales distintos y el tribunal los trató como tales al incorporarme como perito y no como testigo.

El juez asintió despacio.

—La objeción de la defensa es improcedente —dijo—. El perito ha diferenciado correctamente los roles. Puede continuar, doctor Zabaleta.

Zabaleta cerró la laptop. Era la primera vez en diecisiete minutos que la cerraba. Juntó los papeles frente a él con un movimiento deliberado y los alineó sobre la mesa.

—No tengo más preguntas para este perito —dijo.

Ferrero se levantó de la silla del perito. Cruzó la sala hasta la fila de asientos de la fiscalía y se sentó junto a Rosas. La fiscal le pasó una nota escrita a mano en el margen de su carpeta.

Perfecto. Cánepa a las 16:00. Aguantá.

Ferrero leyó la nota. La miró un segundo. Después miró hacia la mesa de la defensa donde Zabaleta hablaba en voz baja con uno de sus asistentes, la mandíbula apretada, sin mirar hacia la mesa de la fiscalía.

El juez llamó al siguiente declarante.

Trejo entró a la sala a las 13:47 con el mameluco azul de los días de trabajo y una notebook bajo el brazo. Se sentó en la silla del testigo con la misma naturalidad con que se sentaba frente a sus monitores en el búnker.

Cuando el ujier le tomó juramento, respondió con la voz directa y sin nervios de alguien que lleva años diciendo lo que sabe sin adornos.

Ferrero lo miró desde la fila de la fiscalía. Trejo había llegado a la causa como doble agente infiltrado por Sokolov. Había pasado al otro lado en el momento en que Ferrero le demostró que el sistema que estaba sirviendo iba a sacrificarlo en cuanto dejara de ser útil.

Ahora estaba en una sala judicial federal declarando como testigo colaborador con supervisión federal por dos años.

El juez le dio la palabra a Rosas.

Cánepa

Cánepa entró a la sala a las 16:03 con dos custodios federales a cada lado y el traje gris que sus abogados le habían enviado al centro de detención para la audiencia.

Cincuenta y cuatro años, pelo castaño con canas en las sienes, la contextura de alguien que había perdido peso en los meses de detención pero que mantenía la postura de quien estuvo acostumbrado durante años a ocupar el centro de cualquier habitación en la que entraba.

Se sentó en la silla del testigo sin mirar a la mesa de la defensa. Zabaleta tampoco lo miró a él. El juez le tomó juramento. Cánepa respondió con la voz pareja de alguien que había practicado ese momento.

Rosas abrió con la pregunta central.

—Señor Cánepa. En el marco del acuerdo de colaboración firmado con esta fiscalía, usted se comprometió a entregar información completa sobre la estructura de mando del Proyecto Nodo y sus derivaciones. ¿Puede confirmar ante este tribunal la identidad del máximo responsable de esa estructura?

Cánepa miró al juez. Miró a Rosas. Miró la sala.

—La estructura que operaba por encima del Proyecto Nodo y que lo financiaba y coordinaba desde su origen tiene un único responsable final — dijo—.

Ese responsable opera bajo el alias El Arquitecto.

Su identidad real es Ricardo Arencibia, abogado, nacido en Buenos Aires en 1957, con formación en inteligencia militar durante la última dictadura y actividad continua en estructuras de poder informal desde 1983 hasta la actualidad.

El silencio en la sala duró cuatro segundos.

—¿Cómo conoció usted la identidad de Arencibia? —preguntó Rosas.

—Porque Santucho me lo presentó en persona en 2014 —dijo Cánepa—. En una reunión privada en Buenos Aires. Arencibia nos explicó la arquitectura del sistema que íbamos a construir juntos. La vigilancia masiva, los mecanismos de extorsión, los canales de financiamiento offshore.

Todo estaba diseñado por él. Santucho y yo éramos la cara operativa. Arencibia era quien ponía el capital inicial y quien garantizaba la protección desde los niveles de inteligencia donde todavía tenía contactos activos.

—¿Puede identificar el pendrive que le fue entregado a esta fiscalía como parte de su acuerdo de colaboración?

El ujier llevó el pendrive rojo en una bolsa de evidencia hasta la mesa del testigo. Cánepa lo miró.