El peso del Cupo (Línea de Cupo 1) CAPÍTULO 9 EL ARCHIVO DE MIREN #5
42%

CAPÍTULO 9 EL ARCHIVO DE MIREN #5

—Respecto a la orden de transferencia internacional de dieciocho millones doscientos mil euros hacia el banco Pictet de Ginebra, la operación está formalmente inmovilizada en la pasarela TARGET2 bajo la referencia de suspensión administrativa preventiva número 847/2026.

Pero les repito la advertencia procesal con absoluta crudeza, fiscal Zubiaga: el artículo veintiséis de la Ley 10/2010 solo faculta al SEPBLAC a suspender la ejecución de una transferencia por un plazo perentorio de veinticuatro horas hábiles para permitir la intervención de la autoridad judicial penal.

Ese plazo expira mañana exactamente a las doce y cuarenta y cinco del mediodía.

Si para esa hora no obra en mi poder un auto judicial firme de embargo y aseguramiento de saldo dictado por el Juzgado de Instrucción número Cuatro de Bilbao, el sistema informático del Banco de España liberará automáticamente la orden y los dieciocho millones se esfumarán en el secreto bancario helvético en cuestión de segundos.

Ainara apretó los puños, con la mandíbula rígida:

—Tendrá ese auto judicial antes de que termine la tarde, inspectora Prat. Y no solo para embargar los dieciocho millones de euros, sino para entrar y registrar hasta el último cajón de la sede de Arostegui en la Gran Vía.

—Dense prisa, fiscal —concluyó Olga Prat, despidiendo la comunicación—. Arostegui tiene conexiones al más alto nivel en Madrid y Vitoria. Si ese hombre presiente que el cerco se cierra, no dejará un solo disco duro vivo en su edificio.

♦ ♦ ♦

A las seis de la tarde, la noche invernal había caído por completo sobre Bilbao.

El Palacio de Justicia de la calle Buenos Aires número seis se recortaba como un bastión macizo frente a las aguas oscuras de la ría, con sus escalinatas de piedra batidas por el viento húmedo que soplaba desde el muelle del Arenal.

Ainara Zubiaga subió las escaleras del juzgado acompañada por el suboficial Gorka Atxaga, quien custodiaba un maletín de seguridad con precinto judicial donde descansaba el material probatorio acumulado en las últimas setenta y dos horas.

Franqueó el control de acceso de la guardia de la Ertzaintza y se dirigió directamente al despacho del Juzgado de Instrucción número Cuatro, en la segunda planta.

El magistrado Fernando Irazábal se encontraba solo tras su imponente mesa de caoba, iluminado por una lámpara de sobremesa con tulipa verde.

Tenía sesenta y cuatro años, el rostro anguloso enmarcado por una barba canosa recortada al milímetro y una mirada severa, experimentada y habituada a lidiar con los pleitos más complejos de la Audiencia Provincial.

Irazábal no era un juez acomodaticio ni un arribista político; era un jurista de la vieja escuela foral que creía en la primacía absoluta de la ley procesal.

—Pase, fiscal Zubiaga —dijo Irazábal, señalando las sillas confidentes—. Me ha llamado el Fiscal Superior tres veces esta tarde interesándose por sus movimientos. Me dice que usted está preparando un terremoto procesal que puede dinamitar la firma del Cupo de mañana.

Ainara tomó asiento y abrió la cremallera de su carpeta de autos judiciales:

—Lo que estoy preparando, señoría, es el cumplimiento estricto de la ley penal en un territorio democrático. Y lo que tengo sobre su mesa no son rumores políticos ni sospechas infundadas: son pruebas periciales plenas e irrebatibles.

Ainara fue desplegando los documentos ante el juez con la precisión implacable de quien levanta una muralla de granito:

—Primero: el informe pericial definitivo de toxicología forense del Instituto Vasco de Medicina Legal, que acredita que Iñigo Barandiarán murió por una intoxicación aguda fulminante con catorce coma dos nanogramos de digoxina por mililitro de sangre.

Calificación penal: asesinato con alevosía y veneno del artículo ciento treinta y nueve del Código Penal.

Segundo: el testimonio formal prestado bajo fe judicial por la Directora de Inspección de la Hacienda Foral, doña Miren Uriarte, a quien he acogido cautelarmente como testigo protegida bajo la Ley Orgánica 19/1994, y la entrega del pendrive militar con cinco años de auditorías internas bloqueadas por orden de la dirección general.

Tercero: las actas de las Juntas Generales de Bizkaia de Hurtado de Amézaga que prueban que don Kepa Arostegui redactó de su puño y letra la enmienda técnica que permitió drenar más de trescientos millones de euros en créditos fiscales de I+D hacia sociedades buzón de Chipre y Luxemburgo.

Y cuarto: la alerta urgente del SEPBLAC que acredita que el bufete de Arostegui ha intentado transferir dieciocho millones doscientos mil euros a Suiza hace apenas cuatro horas para descapitalizar la sociedad.

El juez Irazábal no pronunció una sola palabra durante cuarenta minutos.

En el silencio sepulcral del despacho, solo se escuchaba el murmullo de la calefacción de agua caliente y el crujido del papel al ser examinado por las manos del magistrado.

Irazábal leyó cada informe pericial, cotejó las firmas de las actas parlamentarias y examinó los extractos bancarios con una concentración forense absoluta.

Cuando terminó la lectura del último folio del SEPBLAC, el juez se quitó las gafas de lectura, se frotó los párpados cansados y miró a Ainara con una mezcla de admiración profesional y gravedad histórica:

—Kepa Arostegui fue compañero mío de facultad en Leioa, fiscal.

Fue Diputado General de este territorio y es una de las figuras más respetadas y poderosas de la vida pública vasca.

Si firmo este mandamiento judicial, mañana a primera hora no solo registraremos un bufete de la Gran Vía: pondremos a prueba la solidez del Estado de derecho y la independencia de este poder judicial frente a todo el aparato político y financiero de Euskadi.

Ainara sostuvo la mirada del juez con una determinación serena y diamantina:

—Si la justicia penal retrocede ante el apellido ilustre de un ex-Diputado General que saquea las arcas públicas y encubre el asesinato de sus colaboradores, señoría, entonces no somos jueces ni fiscales: somos los notarios de la impunidad de una oligarquía corrupta.

El artículo catorce de la Constitución dice que todos los ciudadanos son iguales ante la ley.

Ha llegado la hora de demostrar que en Bizkaia ese principio no es una ficción poética.

Irazábal asintió lentamente. Una sombra de resolución solemne cruzó sus facciones adustas. Tomó su pluma estilográfica de oro, cargada con tinta negra indeleble, y comenzó a redactar de su puño y letra en el libro de providencias judiciales: