CAPÍTULO 13 Alfonso reclama el lugar de su padre
BLOQUE 1
La petición de Alfonso ocupaba menos de una página.
Era suficiente.
Adrián Valcárcel la leyó primero en silencio.
Después volvió a hacerlo.
La tercera vez, en voz alta:
“Pido se me dé traslado entero de cuanto se hizo por muerte de mi padre, de las razones por que se dio gobierno de la casa a mi tío y de las reservas que se asentaron en favor de mi madre, de mi hermana y de mí.”
Clara Montalvo levantó la vista.
Martín Arce dejó de escribir.
Hasta entonces habían reconstruido la posición de Alfonso mediante poderes, reclamaciones y reservas dispersas. Ahora lo tenían expresando de forma directa qué quería saber.
No estaba pidiendo una nueva decisión.
Solicitaba acceso a lo actuado después de la muerte de Fernando y reclamaba conocer las razones por las que Diego había recibido el gobierno de la casa.
Además mencionaba de forma expresa las reservas asentadas en favor de Inés, Beatriz y él mismo.
Eso confirmaba que Alfonso consideraba que aquellas salvedades habían formado parte del acuerdo o determinación original.
No demostraba todavía cuál había sido su alcance jurídico.
Pero establecía que existían dentro de su propia comprensión de los hechos.
Martín señaló la primera línea.
—No está abriendo el conflicto desde cero.
Adrián asintió.
Alfonso estaba reclamando actuaciones realizadas durante su minoría.
Y parecía llevar tiempo haciéndolo.
Un índice anterior registraba pagos a escribanos por “copias pedidas por el hijo de Fernando.”
Eso impedía interpretar la nueva petición como una reacción tardía y aislada.
En aquel momento, sencillamente, seguía sin disponer de todo lo que consideraba necesario.
La segunda parte del escrito era todavía más precisa:
“Porque siendo yo menor se ordenó la administración sin que por ello se entendiese extinguido derecho alguno que por sangre me perteneciere.”
Clara permaneció inmóvil.
La frase separaba con claridad dos planos.
Administración.
Derechos.
Alfonso afirmaba que la decisión adoptada durante su minoría no debía interpretarse como extinción de aquello que pudiera corresponderle por filiación.
Era exactamente la distinción que después aparecería en notas marginales.
Eso no permitía atribuirle aquellas anotaciones.
La mano no coincidía con sus firmas conocidas.
Podían proceder de alguien cercano, de un escribano o de otra persona que conociera la misma posición.
Lo importante era que el concepto ya estaba formulado por Alfonso.
El escrito continuaba:
“No se tenga por renunciado lo que nunca fue renunciado, ni por concluido lo que se ordenó para tiempo de mi menor edad.”
La declaración era clara en cuanto a su postura.
Negaba una renuncia general.
Y consideraba que la administración había sido ordenada para una etapa vinculada con su minoría.
Eso no demostraba que jurídicamente tuviera razón.
Pero sí fijaba de forma inequívoca cómo interpretaba lo sucedido.
Diego había ejercido el gobierno mientras él era menor.
Alfonso no aceptaba que aquel hecho hubiera extinguido sus derechos.
Y quería los documentos completos porque consideraba que allí debía estar la prueba de esa diferencia.
El folio dieciocho adquiría todavía más importancia.
Podía contener el alcance original de la administración.
También las reservas.
Quizá la determinación completa.
Si Diego había recibido únicamente un gobierno provisional, determinadas genealogías posteriores podían haber ampliado el sentido de aquella decisión.
Si la línea de Fernando había quedado excluida de ciertos derechos, todavía faltaba precisar cuáles.
Y si existía una renuncia válida, esa pieza podía cambiar sustancialmente la reconstrucción.
Hasta entonces no la habían encontrado.